Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo
El nuevo permiso por paternidad ha entrado en vigor el lunes, 1 de abril, y será efectivo, para todos los nacimientos que se produzcan desde esa fecha.
La duración del permiso será de 8 semanas. Las dos primeras, deberán disfrutarse de forma ininterrumpida tras el parto. Y las seis semanas restantes, podrán ser de disfrute interrumpido y ejercitarse desde la finalización del descanso obligatorio posterior al parto, hasta que el hijo/a cumpla doce meses.
Este permiso, retribuido al 100%, será intransferible, por lo que si el padre no lo disfruta, no lo podrá ceder a la madre.