DECLARACIÓN MANTENIMIENO PLANTILLA MEDIA EN FUNDAE

Según lo establecido en el artículo 2 de la Resolución de 15 de abril de 2020, del Servicio Público de  Empleo Estatal, las empresas beneficiarias del crédito de formación, deberán mantener, al menos la plantilla media de los últimos 6 meses anteriores a la declaración del estado de alarma, durante el periodo de ejecución de las acciones formativas sobre las que se hayan aplicado las medidas de cambio de modalidad formativa a teleformación o realización de la parte de modalidad presencial mediante aula virtual recogidas en los artículos 3 y 4  de la citada Resolución.

A estos efectos, se computarán como plantilla las personas trabajadoras que hayan sido afectadas por expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE).

Se ha incorporado a la aplicación de Formación Programada por las Empresas una nueva funcionalidad que permite a las empresas declarar el mantenimiento de la plantilla media durante el periodo de ejecución de las acciones formativas sobre las cuales se hayan aplicado los cambios.

Se considerará como periodo de ejecución el transcurrido desde el momento de inicio de aplicación de las medidas hasta que finalice la última acción formativa a la que se aplican.

La firma de la declaración se considerará suficiente para acreditar el mantenimiento de la plantilla. No obstante, se podrán realizar las comprobaciones adicionales en caso de que se considere necesario.

En caso de incumplimiento,  no se admitirá el cambio realizado y se anularán los grupos afectados por las medidas de utilización de aula virtual o cambio a modalidad teleformación, minorando, en su caso, la bonificación aplicada

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